Según lo decidió la Corte Nacional de Justicia en sesión extraordinaria, la aplicación del nuevo estado de excepción por parte del régimen, con el fin de detener la propagación del coronavirus, no alterará los plazos y los términos de los procesos judiciales en Ecuador. El Decreto Ejecutivo 1291 determina la vigencia de un confinamiento parcial del 23 de abril al 20 de mayo próximo.
Esta determinación se tomó, dice la Corte en un comunicado, para no afectar la continuidad del servicio de justicia, garantizar los derechos a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la seguridad jurídica.
La vigencia de aplicación del Decreto Ejecutivo 1291, resulta en un confinamiento parcial entre el 23 de abril y el 20 de mayo próximo, pero la Corte Nacional de Justicia ordenó que los procesos judiciales de todas las judicaturas del país, las audiencias sean realizados por medios telemáticos, videoconferencias y demás medios tecnológicos similares, salvo excepciones debidamente justificadas en cada caso por la o el juez.
El juzgador adoptará las medidas indispensables que garanticen el derecho a la defensa y el principio de contradicción, así como las que garanticen la validez de las audiencias.
En caso excepcional de que las audiencias se deban realizar presencialmente, se respetarán las medidas de bioseguridad señaladas, para salvaguardar la salud e integridad física de los participantes.
Para la presentación de escritos en los procesos judiciales en todas las materias, se priorizará el uso de las ventanillas virtuales dispuestas por el Consejo de la Judicatura, así como el sistema de turnos web, y se mantendrá activa la oficina de gestión judicial electrónica.
Fuente: Pichincha Universal, EcuaPost